Registro de carácter administrativo, en el que podrán inscribirse las personas que convivan en pareja de forma libre, pública y notoria, vinculadas de forma estable al menos durante un período ininterrumpido de doce meses, existiendo una relación de afectividad, siempre que voluntariamente decidan someterse a la ley reguladora.
1. Inscripciones básicas: tienen por objeto hacer constar la existencia de una unión de hecho.
2. Inscripciones complementarias (OPCIONAL) tienen por objeto hacer constar los pactos reguladores de las condiciones económicas entre los miembros de la unión de hecho y sus ulteriores modificaciones. Debe presentarse por ambos miembros conjuntamente, acompañada de original o copia simple de la escritura pública que contenga los "Pactos de convivencia". (No es obligatoria la realización de "Pactos de Convivencia").
3. Inscripciones de cancelación: ésta procederá cuando se extinga la unión de hecho por alguna de las causas establecidas en el artículo 6 de la Ley 11/2001, de Uniones de Hecho de la Comunidad de Madrid.
4. Nota marginal: tiene por objeto hacer constar aquellas modificaciones que, sin extinguir la unión de hecho, afecten a los datos de la inscripción básica.
El Ayuntamiento de Cobeña no cuenta con Registro de Uniones de hecho, por lo que para poder inscribirse como tal deben dirigirse al Registro de Uniones de Hecho de la Comunidad de Madrid, solicitando cita previa a través del Teléfono de Atención al Ciudadano 012 o a través unionesdehecho@madrid.org.
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